Ámbito: Fiscal
Publicado el 24 junio 2026
Video elaborado con Inteligencia Artificial – NotebookLM
Reducción por conformidad
En primer lugar, si tras ser objeto de una inspección tributaria recibe una liquidación de Hacienda y además le sancionan por haber cometido una infracción que supone un perjuicio económico para ésta (dejar de ingresar, obtener una devolución indebida...), sepa que tendrá derecho a una reducción del 30% sobre dicha sanción. Para ello es preciso que dé su conformidad al acta de la inspección y no presente recurso contra ella.
Reducción por pronto pago
Por otro lado, sepa también que por todas las sanciones que le imponga Hacienda –con independencia de si la infracción cometida supone o no un perjuicio económico para ésta– tiene derecho a una reducción adicional del 40% por pronto pago, compatible con la anterior reducción del 30%. Para ello es preciso:
Son compatibles
En caso de que cumpla los requisitos para disfrutar de ambas reducciones, sepa que ambas son compatibles. En ese caso la reducción total aplicable debe calcularse acumulativamente:
Así, por ejemplo, si su empresa ha dejado de ingresar 20.000 euros y le imponen una sanción de 10.000 euros (el 50%):
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Sanción inicial | 10.000 |
| Reducción por conformidad 30% | -3.000 |
| Sanción previa | 7.000 |
| Reducción por pronto pago 40% | 2.800 |
| Sanción final a pagar | 4.200 (1) |
(1) En este caso, la reducción efectiva total acaba siendo del 58%.