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Obras de mejora de la eficiencia energética 

​​​​​​​Se prorrogan los plazos para hacer las obras en las viviendas.

Ámbito: Fiscal
Publicado el 1 abril 2026

Con efectos desde 1 de enero de 2025, han sido prorrogados los plazos para llevar a cabo inversiones y obras de mejora energética en viviendas o edificios de viviendas y tener derecho a disfrutar de deducción en el IRPF:

  • Si se trata de viviendas, la deducción ha sido prorrogada para las obras realizadas entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026.

  • Y en el caso de los edificios de viviendas, para las obras realizadas entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2027.

Recuerde las características principales de esta deducción y cuáles son las obras que permiten aplicarla:

  • Calor y frío. La deducción es del 20% del coste de las obras que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. La base de deducción máxima es de 5.000 euros.

  • Consumo energético. La deducción es del 40% en el caso de las obras que reduzcan al menos un 30% el consumo de energía no renovable o que permitan obtener una calificación energética de “A” o “B”. La base de deducción es de 7.500 euros.

  • Edificios. En edificios de viviendas –entre los que se incluyen las unifamiliares–, la deducción por obras que reduzcan el consumo energético es del 60%. La base de deducción máxima anual es 5.000 euros. El exceso sobre este límite puede computarse en los cuatro años siguientes sin que la base acumulada pueda superar los 15.000.

 


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